Sí, se puede hacer:
Cambio de nombre: se da cuando virtud de una modificación a los estatutos sociales, se modifica el nombre de una sociedad, como sería un cambio en la razón social o en la naturaleza del tipo social. La propiedad de la marca no se traslada de una entidad a otra diferente, se mantiene en la misma persona, pero con un nombre distinto.
Cambio de dirección: el propietario de la marca sólo cambia su domicilio.
Cambio de representación legal: el propietario de la marca cambia a su representante legal.