El “país base” es el país desde donde se presenta la solicitud de registro de marca a otros países a través del Sistema de Madrid. La oficina de marca del país base, denominada Oficina de Origen, certifica la solicitud internacional y la envía a la OMPI.
- El país base debe estar adherido al Sistema de Madrid.
- La marca debe estar solicitada o registrada en el país base, para solicitar la extensión al resto de los países.
- El titular de la marca debe ser una persona natural/jurídica con nacionalidad, domicilio o establecimiento comercial en el país base.